“La mayor obra de arte del futuro será ganarse la vida cómodamente en un pequeño terreno”. Abraham Lincoln
Prof. Dr. Carmelo Borrego
La Isla de Anacoco es una pequeña porción de territorio que se encuentra ubicado al norte de la confluencia del río Cuyuní y del río Venamo, cerca de la población de San Martín de Turumbán, dentro de los límites del Estado Bolívar en Venezuela.
Esta Isla de tierra muy fértil, siempre ha sido reconocida como territorio venezolano y forma parte de su integridad territorial, un fallido intento del país ubicado al oriente de Guayana, pretende hacer ver e imponer que una parte de ese espacio le pertenece.
Según información abierta: Venezuela siempre ha cultivado, sin lugar a duda, que Anacoco es una parte de su territorio y que todo se debe a un anacronismo generado por los sofismas gubernamentales del vecino país, al creer que el caño Brazo Negro corresponde al cauce del río principal del Cuyuni.
En tal sentido, los datos históricos, geográficos (tierras interfluviales, por deposición de sedimentos y erosión diferencial) y cartográficos confirman que sólo Venezuela ha tenido presencia en dicho espacio, baste con mencionar que los pobladores nativos del lugar siempre han sido venezolanos, incluyendo el nombre de la Isla de tradición indígena. No existen, ni existieron evidencias de que población inglesa haya estado o vivido en ese sitio y menos de parte de la población de Guyana, al contrario, existe evidencia clara de que los guyaneses cercanos al lugar reconocían que esa parte del territorio era y es venezolano (documentos fotográficos confirman lo dicho).
Además, en el texto del libro Por las Selvas de la Guyana (Elías Toro 1905) se confirma que no hubo ningún dato que ofreciera la demarcación de esa área, tampoco en el acta final sobre el trabajo técnico, astronómico y topográfico de 1905 lo señala. En particular, cabe mencionar que en el texto del doctor Toro se documenta (como miembro médico de la Comisión venezolana) la mayor cantidad de datos geofísicos de la zona de Guayana oriental y todo lo concerniente al recorrido por los ríos de la región, en particular el río Cuyuní.
De igual manera, el ingeniero Tirado (ingeniero jefe) confirmó el trabajo pesado del recorrido realizado en la zona, a propósito de la ejecución del fraude arbitral de 1899, al mismo tiempo refirió ciertos errores por las dificultades topográficas de esa zona boscosa y dificultades ambientales (clima in extremo húmedo, lluvioso y con mucha nubosidad, lo que incidió en el ocultamiento del sol y las estrellas) del lugar vividas en carne propia, donde hasta se documentó la muerte de un personal técnico a consecuencia de enfermedades virales. Además, ese recorrido por tales lugares inhóspitos de la selva, definieron la ausencia total de pobladores ingleses en esas zonas de la Guayana Esequiba, menos puede decirse de pobladores guyaneses.
Por otro lado, en el plano levantado según el procedimiento técnico de enero de 1905, está un punto topográfico (geodésico) que corresponde al sur de la isla, cuyas coordenadas son: latitud norte 6º42'40-9"; longitud oeste de Greenwich 61º08'00-7", que fuera fijado como sitio de demarcación en una de las expediciones delimitantes (fuente abierta disponible). Ello corrobora que la Isla no está en algún territorio que pudo ser delimitado a favor de Gran Bretaña y en consecuencia nada confirma la pretensión fallida de los funcionarios vecinos orientales de Venezuela[1].
A su vez, en un mapa que fuera publicado por la cancillería venezolana (Documentos sobre la Reclamación de la Guayana Esequiba 1982) proveniente de Gran Bretaña (Guayana Británica de 1924 a expensas del Gobernador Thomson) se nota con claridad que la Isla de Anacoco está en el territorio venezolano (en un pequeño recuadro se identifica el área exacta) (fuente abierta disponible).
Lo que sí resulta importante aseverar es que Venezuela determinada a evitar la perjudicial acción guyanese, el 12 de octubre de 1966 confirmó su posición sobre la Isla. Los políticos guyaneses rezongaron agrestemente, en especial el presidente Burnham el 14 de octubre de 1966 y en ese devenir envió una nota de protesta a Caracas señalando la acción venezolana como un acto de agresión. Esa nota fue respondida enérgicamente por Venezuela a través de la Cancillería el 18 de octubre de 1966, al señalar: En respuesta, cúmpleme informar a Vuestra Excelencia que el Gobierno de Venezuela rechaza la referida protesta, por cuanto la Isla de Anacoco es territorio venezolano en su integridad y la República de Venezuela siempre ha estado en posesión de ella. También, en plena vigencia de la Comisión Mixta, a propósito del Acuerdo de Ginebra de 1966, nada se registró sobre ese episodio.
Desde esa época para acá, se confirma la heredad absoluta de la Isla y allí se encuentra una base militar en pleno funcionamiento, sin que hasta ahora haya habido mayor percance, perturbación o actos de despojo. Sin embargo, el tema fue reabierto por el presidente Granger, en su libro sobre geopolítica caribeña y sostuvo, citando al primer ministro de Trinidad y Tobago el 15 de junio de 1975, que Venezuela es una amenaza a la comunidad del Caribe, y adicionó, citando a Williams, que Venezuela ha alcanzado desde los años sesenta posiciones alrededor del Mar Caribe, cita el caso de Isla de Ave, Los Monjes y la acción de la Isla de Patos como posesiones[2]. Es decir, relatando antecedentes e historias deconstruidas, en los que Venezuela es un país que tiene apetencias territoriales de otros pueblos (new conqueror). Por lo demás, en el caso de la Isla se menciona el hecho de una ocupación ilegal de una porción territorial en el río Cuyuni que es –írritamente- de Guyana. Es decir, para generar confusión en la imagen internacional de Venezuela. Por lo tanto, no ha habido un acto de agresión, sólo un acto de reivindicación y reafirmación por las pretensiones de apoderarse de territorios auténticamente venezolanos.
El 14 de octubre de 2015 el Sr. Granger en un discurso dado frente a las GDF guyanesas en Georgetown señaló:
Guyana, en la actualidad, vive en una región caracterizada por la inquietud, la incertidumbre y la imprevisibilidad. Guyana, desde el momento de la creación de la Fuerza de Defensa de Guyana en 1965 y el logro de la independencia en 1966, nunca tuvo la oportunidad de disfrutar de la imperturbable "libertad" al igual que otros nuevos Estados del Caribe.
El Ejército Nacional de Venezuela ocupa el lado de Guyana de Isla de Anacoco en el río Cuyuni, que es la (occidental) frontera entre los dos estados, cinco meses después de la Independencia. Guyana ha tenido que defender su territorio contra un sangriento intento-venezolano instigado a la secesión de una región de más de 57 000 km². Guyana también ha tenido que defenderse de Suriname, en el este, que usará la fuerza armada para intentar la conquista de la zona de New River, un área de más de 15.000 km².
El Sr Granger reconoció que la ocupación venezolana es del lado de lo que considera territorio guyanés, es decir, lado oriental, pues entiende que la otra parte es venezolana. Sin embargo, al plantearse en el discurso militar principiando con lo que ellos identifican, como acto de agresión contra la integridad territorial de Guyana, ya marca exactamente lo que debe quedar en la mente de los militares a quienes se les dirige el mensaje.
Por lo tanto, nótese que nuevamente refiere el caso de ANAKOKO como un ataque de despojo territorial en una porción de tierra que está en el río Cuyuni, es decir, de manera tunanta, para engendrar en las tropas un sentimiento de aversión para que se apresten a respaldarlo en sus acciones y discurso guerrerista.
Este tipo de planteamiento montado bajo la especie de falsos positivos, como es la costumbre del oficialismo guyanés, deja muy claro que el perfil no es buscar caminos conciliatorios ni pacíficos. El Sr. Granger sabia muy bien que es simulada la tesis de que la Isla les pertenece por mitad, puesto como se ha demostrado anteriormente, la Isla queda en un sector hacia el lado norte sobre el punto topográfico que fue señalado en 1905 y que corresponde al caño Brazo Negro en una conjunción del Cuyuni con el Venamo como se dijo al comienzo de este artículo.
Por si fuera poco, otros actores, que van en la misma dirección manipuladora de Granger, el 23 de septiembre de 2015 el Sr. Hubert Williams en la WEB https://guyaneseonline.wordpress.com/2015/10/08/is-venezuela-the-big-bad-wolf-by-hubert-williams/#more-43186. Relata en un artículo titulado: El Gran Lobo Malo? Venezuela volvió a demostrar su fuerza superior cuando se apoderó de la isla fronteriza de Anakoko, de la que su vecino mucho más pequeño y muy débil no podía hacer otra cosa que protestar verbalmente. La Isla Anakoko, explica el citado, es un estrecho canal donde el coronel Ronald Papa (el británico que primero dirigió la Fuerza de Defensa de Guyana) señaló que Guyana era impotente para actuar, no había nada que se pudiera hacer, sobre todo mirar a los soldados venezolanos fuertemente armados que patrullaban lo que solía ser nuestro territorio. Aquí justamente está el fingimiento discursivo. Y continúa señalando el articulista: En casi todos los aspectos de este conflicto, hasta ahora Venezuela, parece haber tenido toda la ventaja; con la actual Crónica, Caracas está "aceitando" sus armamentos y el aumento gradual de las cosas. Guyana, por otra parte puede estar moviéndose hacia discusiones preliminares, si tal ya no se han iniciado, con amigos influyentes en las capitales específicas que tienen algo más que armas de fuego y cohetes.
Las autoridades en Caracas deben saber que los militares están entrenados para no entrar en pánico; y por lo tanto, es poco probable que el Presidente recién elegido en Georgetown tenga una reacción de pánico. David Granger es un dínamo 3-en-1: estudioso, soldado, estadista / político que hace tanto tiempo, como estudiante universitario, realizó una investigación extensa en la disputa fronteriza entre Guyana y Venezuela y por un tiempo trabajó conmigo. Ciertamente lo conoce muy bien.
Relata este conocedor de Granger: Este Presidente es menos probable que sea sólo un oyente. No se sabe cuál es el significado de la expresión, pero, es probable que pueda entenderse: es de armas tomar.
De modo que la pugna artificial generada por Guyana en relación con la Isla de Anakoko en octubre de 1966, le sirvió al presidente Granger para regenerar la enfilada, en principio para alimentar el discurso nacionalista- chovinista contra Venezuela, y luego, a partir de esta inserción ideológica motivacional a sus tropas, procurar atizar más la campaña agresiva que le dé legitimación para emprender – junto con sus mejores aliados expertos en guerra preventiva- el escenario para una intervención militar a gran escala contra Venezuela; el discurso del día 14 de octubre de 2016, dejó muy claro cuál era el norte a seguir, prepararse para un conflicto bélico. No obstante, las amenazas se convirtieron en pompas de jabón, todo quedó en la retórica altisonante.
Empero, el tema Anakoko vuelve a estar en el circo, pero esta vez, no como cuestión mediática de amenaza bélica, sino a través de la acción unilateral de demanda ante la CIJ. En dicha acción se solicita expresamente el retiro de Venezuela de una parte de la Isla ( to withdraw from any part of Guyana’s territory as defined under the Award, including the part of Ankoko Island that the Award attributed to Guyana), así como además se exigen otras cuestiones como la cesación de acciones o amenazas a los inversionistas e incluso, el pago de daños por responsabilidad internacional.
Una breve revisión de los datos abiertos muestra que la Isla de Anacoco no está ni directa ni indirectamente en el denominado Laudo (fraude) Arbitral de Paris de 1899, ni tampoco existe alguna expresión como punto geográfico inidentificable como Isla de Anacoco (Ankoko Island), y menos en la actividad técnica de 1905. En consecuencia, Venezuela está muy clara acerca de su soberanía e integridad territorial. Menos aún este asunto está señalado en el Acuerdo de Ginebra de 1966.
Cabe recordar que en la nota de respuesta venezolana de fecha 18 de octubre de 1966, dirigida por el Canciller de Venezuela Iribarren Borges al presidente Burham de Guyana, se le informó y solicitó formalmente: Al propio tiempo, señalo a Vuestra Excelencia que si el Honorable Gobierno de Guyana tuviere alguna reclamación que formular, deberá hacerlo a través de la Comisión Mixta creada al efecto por el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del Artículo Quinto del mismo tratado (fuente abierta disponible).
De igual manera es conveniente adicionar al dato ofrecido en la nota que antecede, que el 27 de noviembre de 1966, en una reunión entre el embajador de Venezuela en Guyana Sr Brandt y el Sr S.S Ramphal, representante de Guyana en distintos momentos, e integrante del equipo jurídico demandante, se dispuso y acordó el Sr Ramphal: (…) el gobierno de Guyana considera al Acuerdo de Ginebra sensato y no piensa desecharlo. No llevará el asunto de Anacoco a Naciones Unidas, ni otra parte fuera de la Comisión Mixta (fuente abierta disponible). En realidad, no hubo durante la vigencia de la Comisión Mixta ningún planteamiento atinente al tema relativo a la Isla de Anacoco.
De modo que de manera impertinente y a destiempo o extemporáneamente se lleva este asunto ante la CIJ. Entonces, habrá que recordar la tesis del Qui tacet consentire videtur basado en ausencia de la reclamación ex novo que, en su momento, debió plantear la representación guyanesa y esto brilló por su ausencia en el seno de la Comisión Mixta (1966-1970) y, no sólo eso, sino que además se une el hecho de que en otros momentos posteriores en el proceso de buenos oficios llevados a cabo por el Secretario General de las Naciones Unidas, tampoco hubo referencia alguna sobre nada concerniente al Laudo arbitral de 1899 y menos lo relativo a la referida cuestión de la Isla de Anacoco (en tal sentido, sobra la prueba documental).
Por otra parte, hay que recordar que la propia CIJ se declaró no competente en todo aquello que hubiese surgido después de febrero de 1966. Es decir, ningún evento que hubiere ocurrido con la vigencia del Acuerdo de Ginebra es motivo de competencia ratione tempore para esta instancia judicial (la CIJ decidió que no tenía jurisdicción sobre las reclamaciones de Guyana posteriores a la firma del Acuerdo de Ginebra, lo que limita su espacio de competencia material). Aunque era evidente que la CIJ nunca tuvo ni tiene jurisdicción sobre el caso demandado por Guyana, pues el propio AG no es un acuerdo de litigación, ni contiene palabra alguna que pueda interpretarse con ese propósito. Por lo tanto, lo único que cabe afirmar es que al atribuirse competencia esta instancia judicial para conocer de la acción unilateral del país oriental, ella violentó su propia doctrina y la doctrina mayoritaria de Derecho Internacional que niega la jurisdicción de la Corte cuando la voluntad del Estado en presentarse en esta sede judicial no está expresada ni tácita ni explícitamente. Los votos salvados a la decisión de diciembre de 2020 así lo confirman, dejando en desnudo a la mayoría sentenciadora.
[1] En el libro de Elías Toro quien estuvo en ese proceso técnico de demarcación para ese entonces, se dejó sentado que esa actividad técnica fue interrumpida por la reclamación brasileña sobre este proceso, y luego por lo encumbrado y difícil del terreno existen dudas sobre la ubicación de los puntos. Incluso, existe relatos específicos que muestran lo difícil que fue la actividad astronómica, y con errores importantes en cada espacio.
[2] Desconoce abiertamente los laudos arbitrales favorables a Venezuela. El conflicto sobre la posesión de isla de Aves fue solucionado por medio de un laudo arbitral que declaró al territorio como espacio venezolano, siendo Isabel II de España la designada como árbitro a solicitud de ambos países, en 1860. Después de varios años de estudio de los alegatos, de consultas entre funcionarios y de elaboración de varios informes, los altos funcionarios del Ministerio de Estado, del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros dieron su opinión definitiva ante la reina, quien dictó sentencia el 30 de junio de 1865 a favor de los derechos venezolanos sobre la isla. En el caso de los Monjes: En 1952 el presidente Colombiano encargado, Roberto Urdaneta Arbeláez, ante un reclamo de Venezuela, y después de consultar a sus asesores reconoció la soberanía de Venezuela sobre los islotes de Los Monjes mediante la nota diplomática (GM-542): El gobierno de Colombia declara que no objeta la soberanía de los Estados Unidos de Venezuela sobre el archipiélago de Los Monjes y que en consecuencia no se opone ni tiene objeción respecto al ejercicio de la misma o cualquier acto de reclamación alguna que formular respecto al ejercicio de la misma o a cualquier acto de dominio de este país sobre el archipiélago en referencia.
https://expandetumente.com/70-frases-de-reflexion-sobre-la-tierra/